martes, 27 de octubre de 2009

9) MOCIÓN DE APOYO A LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL Y ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO DE SANT BOI DE LLOBREGAT


El Grupo Municipal Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), de Sant Boi de Llobregat (Barcelona), presentó una " Moción de apoyo a la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil al trabajo realizado por los señores Joan Vendrell Campmany y Magdalena Llauradó Cubells, vecinos de nuestra ciudad" en el Pleno municipal celebrado el día 21 de enero de 2008, que adoptó, entre otros el siguiente acuerdo:
"RELACIÓN DE HECHOS Y FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Atendido que recientemente el Parlamento de Cataluña y por unanimidad de todos los grupos parlamentarios ha aprobado la tramitación al Congreso de los Diputados de una propuesta de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero de Enjuiciamiento civil, discutida en el Parlamento a partir de una demanda particular del Sr. Joan Vendrell Campmany, vecino de Sant Boi de Llobregat, a la Comisión de Peticiones del Parlamento.
Atendido que esta iniciativa del Sr. Vendrell y de su esposa la señora Magdalena Llauradó, nace a partir de la negativa de la juez que tenía que dictaminar la incapacidad de su hijo a desplazarse fuera del Juzgado, lo cual bloqueba el proceso de incapacitación solicitado por la familia.
Atendido que el juez interpretaba el artículo 759 de dicha Ley que dice "1. En los procesos de incapacitación, además de las pruebas que se practiquen de conformidad con lo dispuesto en el artículo 752, el tribunal oirá a los parientes más próximos del presunto incapaz, examinará a éste por si mismo y acordará los dictámenes periciales necesarios o pertinentes en relación con las pretensiones de la demanda y demás medidas previstas por las leyes. Nunca se decidirá sobre la incapacitación sin previo dictamen pericial médico, acordado por el tribunal".
Atendido que en la resolución aprobada por el Parlamento de Cataluña propone que se resuelvan aquellas situaciones en favor del demandante, con un nuevo apartado de la Ley que diga que siempre que las partes soliciten y prueben, mediante un certificado médico oficial, que el presunto incapaz o sus parientes más próximos no están en condiciones físicas o psíquicas para desplazarse a las dependencias judiciales, el médico forense y el juez magistrado, tendrán que ir a su domicilio a efectuar el examen.
Atendido que es por primera vez que una iniciativa particular lleva al Congreso de los Diputados a resolver una propuesta de modificación legislativa, que afectará no solamente el caso particular de los señores Vendrell i Llauradó sino de muchos otros casos similares, en todo el Estado, que corren el riesgo de una interpretación corporativista de la Ley que lesiona los derechos de las personas incapacitadas y de sus familias.
Atendido que el señor Joan Vendrell y la señora Magdalena Llauradó, buscando la solución a un problema familiar, señalan un problema social de amplio abasto y abren la vía lesgislativa que puede aportar una solución general.
Atendido que este Ayuntamiento considera que la acción de nuestros conciudadanos honra a nuestra ciudad y pone en valor las ideas de ciudadanía y democracia participativa.
ACUERDO:
El plenario municipal, a propuesta del Grupo Municipal d'ERC, adopta los siguientes acuerdos:
1. Expresar el agradecimiento y apoyo a los señores Joan Vendrell y Magdalena Llauradó por su tenacidad y alto valor cívico.
2. Expresar su acuerdo con la resolución emitida por el Parlamento de Cataluña y agradecer el apoyo prestado por el presidente Ernest Benach, la unanimidad de todos los grupos con representación parlamentaria y el acompañamiento del Síndic de Greuges de Catalunya, Rafael Ribó.
3. Pedir al Congreso de los Diputados que resuelvan favorablemente y en el plazo más corto posible, la demanda de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil en los términos propuestos por el Parlamento de Cataluña.
4. Dar a conocer estos acuerdos a los señores Joan Vendrell y Magdalena Llauradó, al presidente y a todos los grupos del Parlamento de Cataluña, a la sindicatura de greuges de Cataluña y a los órganos pertinentes del Congreso de los Diputados de Madrid.
Lo comunico para vuestro conocimiento y efectos.
Sant Boi de Llobregat, 30 de enero de 2008
Secretaria General Accidental
Carmen Valverde Navarro"

martes, 20 de octubre de 2009

8) SATISFACCIÓN DE S.M. LA REINA Dª SOFÍA, COMO PRESIDENTA DEL REAL PATRONATO SOBRE DISCAPACIDAD


A raiz de la aprobación, por unanimidad, del Parlamento de Cataluña, de la Proposición de Ley
a que nos hemos referidos en los anteriores posts, núms. 6 y 7 respectivamente, el Jefe de la Secretaría de S.M. la Reina, D. José Cabrera García, escribía al padre de David, desde el Palacio de la Zarzuela una carta, con membrete de la Casa de S.M. el Rey, en estos términos:
" Me complace acusar recibo de la atenta carta que, por intermedio del Real Patronato sobre Discapacidad, ha dirigido a Su Majestad la Reina, en la cual le comunica la aprobación por el Parlamento de Cataluña de su iniciativa relativa a los trámites de incapacidad para personas con minusvalía o enfermedades mentales, en lo referido a la imposibilidad de desplazamientos de estas personas a dependencias judiciales.
Su Majestad agradece muy sinceramente el envío de esta comunicación, y me encarga que, en Su nombre, le transmita Su satisfacción y cordial enhorabuena por tan excelente noticia, con la que se da un paso más, muy importante, en favor del mundo de la discapacidad.
Reciba con este motivo un saludo muy afectuoso de Su Majestad, al que añado el mío propio"
El padre de David había dirigido su comunicación a S.M. la Reina como Presidenta del Real Patronato sobre Discapacidad, en el domicilio social de calle Serrano, núm. 140 de Madrid (C.P.28006)

martes, 13 de octubre de 2009

7) LA PROPOSICION DE LEY APROBADA POR UNANIMIDAD POR EL PARLAMENTO DE CATALUÑA, EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS , DE MADRID



Cuando el Parlamento de Cataluña, aprobó por unanimidad, la Proposición de Ley de Adición de un nuevo apartado al artículo 759 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, las Cortes Generales estaban disueltas en espera de su constitución, ante la celebración de Elecciones Generales en el mes de marzo de 2008,y en consecuencia, quedando encima de la mesa hasta aquel entonces.
Con la vuelta a la normalidad, tras la celebración de las Elecciones Generales y la constitución del Congreso de los Diputados, la Mesa de la Cámara, en reunión del día 7 de abril de 2008, tomaba el siguiente Acuerdo:
"Admitir a trámite, trasladar al Gobierno a los efectos del artículo 126 del Reglamento, publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y notificar al autor de la iniciativa"
PROPOSICIÓN DE LEY DE ADICIÓN DE UN APARTADO AL ARTÍCULO 759 DE LA LEY 1/2000, DE 7 DE ENERO, DE ENJUICIAMIENTO CIVIL.
Preámbulo
Como consecuencia de la actividad llevada a cabo por la Comisión de Peticiones del Parlamento de Cataluña, se ha puesto en evidencia un déficit normativo en lo que se refiere al proceso judicial de incapacitación.
De acuerdo con lo que establece el artículo 759 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil en los procesos de incapacitación es obligado que un tribunal examine personalmente al presunto incapaz y que se emita un dictamen pericial médico, acordado por el propio Tribunal.
Sin embargo, para la realización de este proceso, el artículo 759 no prevé la posibilidad de que dichas pruebas se lleven a cabo fuera de la sede del Tribunal en el caso de que existan graves dificultades de desplazamiento derivadas de la situación personal del presunto incapaz y las demás personas concernidas por motivos de salud o seguridad que hagan desaconsejable su desplazamiento a las dependencias judiciales.
A pesar de que las normas generales de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre los medios y pruebas permiten la posibilidad de que el reconocimiento judicial y pericial de personas pueda llevarse a cabo fuera de la sede del Tribunal si las circunstancias del caso lo aconsejan (arts. 355 y 356), esta previsión resulta insuficiente por el grado de discrecionalidad que supone, dado que puede dar lugar a graves inconvenientes en la práctica de las pruebas que son de obligado cumplimiento, tal como establece el citado artículo 759.
Por esta razón, se considera necesaria la modificación de dicho precepto en el sentido de eliminar este margen potestativo cuando se demuestre, mediante la aportación de un certificado médico oficial, que el presunto incapaz no se halla en unas condiciones físicas o psíquicas que le permitan desplazarse a las dependencias judiciales.
Este mismo criterio debe hacerse extensible también para los parientes más próximos del presunto incapaz, dado que también deben ser oídos necesariamente por dicho Tribunal, según establece el mismo artículo 759 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Consiguientemente, y dado que la Ley que debe modificarse es una Ley estatal, el Parlamento de Cataluña, en ejercicio de la iniciativa legislativa establecida en el artículo 61.b) del Estatuto de Autonomía de Cataluña, presenta a la Mesa del Congreso de los Diputados esta Proposición de Ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Artículo único.
Se añade un nuevo apartado, el 1 bis, al artículo 759 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, con el siguiente texto:
"Artículo 759. Pruebas y audiencias preceptivas en los procesos de incapacitación.
1 bis. En caso de que el presunto incapaz o sus parientes más próximos no estén en condiciones físicas o psíquicas de desplazarse a las dependencias judiciales, siempre que una de las partes lo solicite y lo pruebe mediante la aportación de un certificado médico oficial u otro medio de prueba adecuado, el Médico forense y el Juez magistrado deberán ir al domicilio de aquéllos o al lugar donde se hallen para efectuar el examen a que se refiere el apartado 1.
Nota.- En la VIII legislatura esta iniciativa fue publicada en el n"BOCG. Congreso de los Diputados, Serie B, núm. 304, así como en la serie D, núm. 675, de 13 de febrero de 2008."
FUENTE:
Boletín Oficial de las Cortes Generales. CONGRESO DE LOS DIPUTADOS. IX Legislatura. Serie B. Proposiciones de Ley. 11 de abril de 2008. Núm. 15-1

martes, 6 de octubre de 2009

6) EL PARLAMENT DE CATALUNYA, APRUEBA POR UNANIMIDAD, UNA INICIATIVA PROPUESTA POR LOS PADRES DE DAVID.



Copiado textualmente de la gacetilla de prensa que ilustra estas líneas.
UNANIMIDAD. La imagen del panel de votaciones del Parlament ilustra la unimidad de todos los grupos en este asunto. La diputada Dolors Camats (ICV-EUiA) delegó su voto por estar de baja de maternidad, con lo que el resultado final fue de 124 votos a favor. En el debate de la moción, todos aplaudieron la iniciativa de la familia Vendrell. Sólo el PP matizó que había otras salidas legales. Parlament
LOS PADRES DE UN CHICO AUTISTA GANAN EL APOYO DEL PARLAMENT
* Piden reformar la ley para que el juez visite a los afectados por una incapacitación que no puedan desplazarse.
Joan Vendrell, cuyo hijo David, afectado de autismo de Kanner, está ingresado en la residencia La Pineda, consiguió ayer el apoyo unánime del Parlament. Todos los grupos votaron a favor de tramitar al Congreso de los Diputados una propuesta de reforma de la ley de Enjuiciamiento Civil para que los jueces y forenses tengan que visitar a los afectados por un procedimiento de incapacitación, cuando estos acrediten que no están en condiciones de acudir al juzgado.
Este fue el primer caso que trató la nueva Comisión de Peticiones del Parlament, que recoge demandas formuladas por ciudadanos, donde Vendrell se dirigió el pasado febrero. Allí expuso el caso de su hijo, a quien una jueza de Terrassa se negaba a visitar, a pesar de que se acreditó con certificados médicos que si salía de su entorno habitual podría sufrir graves trastornos que ponían en riesgo su seguridad y la de quienes le rodeaban.
La reforma legislativa, que resolverá el Congreso en la próxima legislatura, viene a cubrir un vacío legal, ya que la legislación actual no determina cómo deben actuar los jueces en estos casos. La medida incluye, además, a los familiares más directos, que también deben ser escuchados en los proceddimientos de incapacitación.
Vendrell se mostró ayer muy satisfecho por la resolución del Parlament: "No esperábamos una respuesta tan rápida ni la unanimidad de todos los grupos". (1)
(1) Diari de Terrassa. Núm. 7106. Viernes, 21 de diciembre de 2007