martes, 22 de septiembre de 2009

4) EL SINDIC DE GREUGES DE CATALUÑA PIDE, AL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA, QUE PROMUEVA ANTE EL PARLAMENTO DEL ESTADO,LA INICIATIVA PROPUESTA


Como hemos visto en el post anterior, los padres de David hicieron llegar un amplio dossier al Honorable Sr. Rafael Ribó, Síndic de Greuges de Catalunya, pidiéndole su mediación en la reforma legislativa del procedimiento de incapacitación que ellos estaban promoviendo.
En los dos últimos párrafos de la carta, le decían que "Desgraciadamente, en el caso de nuestro hijo David, las graves circunstancias comportamentales de su discapacidad, no posibilitarán, con el paso del tiempo, que pueda acudir a un juicio en unas dependencias distintas a las de su entorno de convivencia diaria. En consecuencia, mientras no se contemple en la legislación, lo que pedimos, nuestro hijo David no podrá beneficiarse de su derecho a ser reconocido como persona incapacitada, con todos los perjuicios que esto pueda suponerle a lo largo de su vida.
De la sensibilidad y comprensión de usted y de esta Sindicatura, nos complacería sentirnos ayudados en recomendar promover esta modificación legislativa que pedimos, en benefico de todas las personas con discapacidades y/o enfermedades mentales que se encuentren o puedan encontrarse en un futuro en la misma situación,y en el caso de nuestro hijo David, en particular"
Con fecha 15 de mayo de 2007, el Síndic de Greuges contestaba al padre de David haciendo referencia a la exposición de "... las dificultades que ha puesto la magistrada juez del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Terrassa, a efectos de reconocimiento ( fuera de la sede judicial) a su residencia habitual, al Centro Asistencial "La Pineda", de Terrassa."
Seguía diciendo que "También habéis presentado, ante las instituciones catalanas, la solicitud de que se promuevan los cambios legislativos necesarios que posibiliten que en el procedimiento de incapacitación, los reconocimientos judiciales se realicen en el centro asistencial donde se encuentre ingresado el presunto incapaz, cuando se constaten dificultades graves de desplazamientos derivados de su enfermedad y/o minuvalía, y que sean acreditadas documentalmente por certificados médicos"
Más adelante seguía: "En relación al tema planteado, os informo que con fecha 21 de febrero de 2007, dispuse el inicio de apertura de una actuación de oficio, que consta con el número 1016/07, con el título "Desplazamientos judiciales en casos de incapacitación", motivada en la necesidad de que las actuaciones judiciales de oficio, en el procedimiento de incapacitación, se practiquen atendiendo siempre el interés y situación de salud del presunto incapaz.
La citada actuación de oficio se ha presentado al Presidente del Parlamento de Cataluña, para que, la citada institución promueva ante el Parlamento del Estado una iniciativa de reforma legislativa que contemple el supuesto anteriormente citado.
Esta propuesta se integra en el marco de principios establecidos en el preámbulo de la Carta de derechos de los ciudadanos ante la justicia, donde se reclama con urgencia una justicia más abierta que sea capaz de dar servicio a los ciudadanos con mayor agilidad, calidad y eficacia, incorporando para ello métodos de organización e instrumentos procesales más modernos y avanzados, dejando claro que los ciudadanos podrán formular sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la justicia.
Nuestra Sociedad se muestra cada vez más sensibilizada por la situación familiar, social , sanitaria y jurídica de un colectivo de personas que presentan graves discapacidades cognitivas conductuales y que requieren atención asistencial y socio-sanitaria, así como por la exigencia de mayores recursos que promuevan alternativas eficaces de integración dirigidas a estos enfermos"
Obviamente, los padres de David recibieron esta comunicación del Síndic de Greuges de Catalunya, con la natural alegría y satisfacción.


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